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El apio, las semillas de sésamo y el tomate son alimentos que me ha tocado ver rotulados como alérgenos en algunos productos. Si bien, son alimentos que pueden causar hipersensibilidad o alergias en algunas personas, no son los considerados oficiales en Chile. 

Es decir, no está reglamentada su declaración voluntaria ni obligatoria.

Ahora bien, los alérgenos que se deben rotular no son cualquier alimento o sustancia que aparezca en el buscador de Google, ya que, cada país tiene un listado de alérgenos que se deben declarar según lo establezca su legislación.

En el caso de los productos que se comercializan en Chile, son considerados alérgenos los siguientes alimentos, toma nota 🤓.

✔ Crustáceos 
✔ Huevo 
✔ Pescados y productos pesqueros 
✔ Maní
✔ Soya 
✔ Leche y productos lácteos (incluida lactosa)
✔ Nueces
✔ Sulfitos en concentraciones de 10 mg/kg o más
✔ Cereales que contienen gluten (trigo, avena, cebada, centeno, espelta o sus cepas híbridas)

Además, deberás tener en consideración estas dos cosas:

  1. Que los derivados de los productos nombrados también son alergenos.
  2. Si el producto alimenticio no lleva ningún alérgeno, pero tiene riesgo de contaminarse, desde la producción o elaboración hasta la comercialización, con alguno de ellos, se deberá incluir al final de la lista de ingredientes alguna de las siguientes frases. 

“Puede contener…”, indicando el alérgeno del cual se trate.

“Contiene pequeñas cantidades de …”, indicando el alérgeno del cual se trate.

«Contiene trazas de …”  Indicando el alérgeno del cual se trate.

«Elaborado en líneas que también procesan…”; indicando el alérgeno del cual se trate.

En el siguiente video encontrarás los 7 errores más comunes en etiquetado nutricional.

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